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¿Qué medidas de restricción aplican para mí? [4-14 de enero]



Lo que debes saber:


El gobierno de Cortizo publicó en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo No. 1686 de 28 de diciembre de 2020 que estableció medidas sanitarias para frenar el contagio de casos de COVID-19.


Medidas del 4 al 14 de enero en Panamá y Panamá Oeste:


La regla principal: Quédate en casa, todo el tiempo.



- Hay unas 40 empresas, actividades, personas y empleos que se mantienen activos.

- Servicios a domicilios trabajan hasta las 10:00 p.m.

- Toque de queda empieza a las 8:00 p.m. y termina a las 5:00 a.m.



🏪 Puedes abandonar tu casa para comprar víveres o combustible, y para ello debes seguir las medidas por último número de documento de identidad personal y según tu sexo (hombre, mujer). Solamente puede ir a comprar una persona.


- Las personas mayores de 60 años tienen de 11:00 a.m. a 1:00 p.m. todos los días según su sexo para realizar las compras. Pueden salir con un acompañante, sin importar el sexo o número final de documento del acompañante.

- Las personas con discapacidad también pueden salir con un acompañante.



Puedes salir de tu casa si tienes un caso de urgencia médica, necesitas realizar la prueba de COVID-19 o necesitas buscar medicinas. No aplica la restricción de sexo o número de cédula.



- Esos días hay cuarentena total. Se prohíbe el acceso y uso de parques, estadios, plazas, gimnasios, la Cinta Costera, la Calzada de Amador, playas, ríos y balnearios públicos.

- No se pueden usar las áreas sociales abiertas o cerradas, gimnasios o piscinas de los PHs, barriadas, residenciales ni hoteles.

- No están permitidas las reuniones o celebraciones entre personas que no convivan en una misma residencia.


¿Qué empresas pueden trabajar del 4 al 14 de enero?


Hay unas 40 empresas, actividades, personas y empleos que se mantienen activos:


- Las actividades laborales que se desarrollan virtualmente o por modalidad de teletrabajo.

- Servicios Públicos (SUME 911, IDAAN, AAUD, Aduanas, Migración, ACODECO, AMP, ATTT, etc).

- Equipo de médicos y sanitarios de centros de salud públicos y privados, incluidas clínicas, farmacias y veterinarias.

- Movilidad urbana (Metro de Panamá, MIBUS, taxis, ENA).

- La ACP y los aeropuertos de Tocumen y Albrook, además del personal requerido para que funcionen estos centros y sus pasajeros.

- Supermercados, hipermercados, minisuper, mercaditos y abarroterías.

- Industrias de generación, transmisión, distribución y operación de energía, gasolineras.

- Restaurantes y cocinas de restaurantes con autoservicio o modalidad a domicilio, incluidas las empresas dedicadas al servicio de movilización de víveres y/o medicamentos.

- Las industrias agropecuarias y agroalimentarias.

-Medios de comunicación y sus distribuidores.

- Banca, instituciones financieras, casas de empeño, cooperativas y aseguradoras.

- Call Centers.

- Ferreterías.



Las otras empresas no pueden operar entre el 4 al 14 de enero de 2021.



Si vives en las demás provincias, desde el 4 al 14 de enero:


- Toque de queda de 7:00 p.m. a 5:00 a.m.

- Cuarentena total el 9 y 10 de enero.

- Del 9 al 10 de enero: Se prohíbe el acceso y uso de parques, estadios, plazas, gimnasios, playas, ríos y balnearios públicos.

- Del 9 al 10 de enero: No se podrán usar las áreas sociales abiertas o cerradas, gimnasios o piscinas de los PHs, barriadas, residenciales y hoteles.


 

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