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La veda electoral: Las campañas son ¡propuestas!


La veda electoral ha sido un concepto introducido a nuestra legislación con las reformas electorales de la ley 29 del 29 de mayo del 2017, que añadió al Código electoral el artículo 197-C donde consagra expresamente que “Las campañas Electorales solo serán permitidas durante los sesenta días calendario previos a una elección general o una consulta popular, y dentro de los cuarenta y cinco días calendario previos a las elecciones internas partidarias”.Se trata de una prohibición consonante con la realidad política panameña, ya que introduce un período de reflexión electoral concreto.

Antes de la reforma, los aspirantes a puestos políticos podían hacer campaña durante los cinco años que separaban una elección de otra, lo que conllevó a graves consecuencias en los procesos democráticos y en el manejo y transparencia de las instituciones públicas. Por eso el sentido, de trasfondo, de este reglamento es potenciar la conciencia crítica, la participación ciudadana y enaltecer el debate político durante la época electoral. Los políticos han visto en esta reforma, una barrera en el mantenimiento del status quode la situación política y a razón de ello han tildado esta reforma como “ley mordaza”, o como una violación al derecho de libertad de expresión. Pero la libertad de expresión es un principio que consolida la democracia y tiene como fin que el ciudadano se empodere y emita una opinión en pro del bien común. Sin embargo, al no existir regulación ni límites al tiempo de las campañas electorales, el político del momento centra sus esfuerzos en seguir posicionado en el poder antes que en cumplir las funciones para las cuales fue electo, y así convierte su trayectoria política en una campaña continua personal o para su partido, lo que contraviene el verdadero sentido de la democracia. De esta manera se desfigura el verdadero fin por el cual fue electo, y su vocación de servidor público.

Así mismo, nuestra sociedad panameña acostumbrada al caudillismo, partidismo, y a votar por “rostros referenciales”, apellidos, o “trayectoria política”, termina por empobrecer lo central en una campaña electoral: las propuestas políticas. Hemos de reflexionar que el hecho de limitar el período de campaña electoral responde a la necesidad de que se enaltezca el debate político, y a la urgencia de que tengamos personas competentes para ocupar los respectivos puestos sometidos a elección. Por ejemplo, actualmente ya existen encuestas y opiniones que buscan posicionar a un político como presidente, pero ¿qué propuestas han dado estas personas? ¿Estas personas están verdaderamente capacitadas para ocupar esos puestos políticos? ¿Emiten los políticos que aspiran a cargos públicos en el 2019 un plan estratégico político, o directrices de acción concretas o simplemente consignas vacías y sin contenido? Tanto el partidismo como el caudillismo mantienen las élites de poder actual, permiten que se mantengan las estructuras de corrupción, y se desvíe el verdadero sentido de la campaña electoral, reduciéndose el proceso democrático a verborrea, politiquería, argumentos ad-hominem, irrespeto y arrogancia. Por esta razón, el hecho de regular el tiempo de campaña es un paso en la eliminación de las prácticas politiqueras.

Por otra parte, limitar el tiempo de campaña electoral tiene un triple propósito, en primer lugar económico, toda vez que busca evitar la inversión millonaria en maquinarias de campaña, que sumándole a ello los topes establecidos con las nuevas reformas, se trata de una gran reducción de dinero. En segundo lugar, se promueve la igualdad electoral de oportunidades en el acceso a puestos públicos, ya que por lo general quien ocupa un cargo público y quiere reelegirse lleva más ventaja respecto a quien opta por primera vez a un cargo, ya que al ocupar un puesto lo utiliza como canal para anticipar su campaña política, y aprovecharse de su cargo para ganar adeptos o anular al contrincante. Con esta reforma se controlan la utilización ilegítima de bienes públicos para movilizar electorado (que constituye un delito electoral), y la compra de conciencia maquillada bajo la forma de “inauguración de proyectos estatales”. Y en tercer lugar, evita la contaminación ambiental y visual, toda vez que se reduciría el uso de papeletas, volantes o vallas publicitarias (muchas veces contentivos de sloganes rimbombantes y sin contenidos, apodos autoinventados o promesas efímeras). Así mismo se evitará durante la veda la divulgación de campañas a través de las redes sociales o medios audiovisuales, como medida para evitar la saturación de propagandas desde un año antes(o más) de las elecciones, que al final se convertían en ataques personales o ensalzamiento desmedido y partidista de las obras públicas, como modo de mantenerse en el poder. La limitación del tiempo, se espera, centre la campaña o propaganda electoral en propuestas a futuro, reales y acordes a la realidad panameña.

Es hora de repensar la democracia, y si bien esta medida no evitará por completo la mala praxis política ni servirá de garantía para el cumplimiento de las promesas de campaña, por lo menos acucia la conciencia acerca de la necesidad que en el tiempo electoral se debatan propuestas, filosofías políticas, y la importancia que existan candidatos competentes que puedan realizar debates políticos de altura. Además, las vedas electorales permiten que exista un período de reflexión libre de entredichos politiqueros, y resulte en un llamado de atención a que las campañas deben ser sobrias (gastar millones en campaña da muestra de los intereses ocultos y es un grito que clama al cielo frente los índices de desigualdad del país), transparentes y centradas en el debate de propuestas bien elaboradas. Todas estas medidas, como es obvio deben ir aunadas a una educación que promueva el humanismo cívico, la transparencia y la participación ciudadana para ir sanando las consecuencias derivadas de la politiquería y la corrupción.

Este es un artículo de opinión.

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