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¿Qué datos deben contener las planillas Estatales?


Es una organización sin fines de lucro de la sociedad civil, fundada en 1995 con una triple misión:

-La defensa de las libertades fundamentales de las personas

-El fortalecimiento de la democracia a través de la promoción de la transparencia y la lucha anticorrupción

-La formación de la ciudadanía en participación ciudadana democrática, siendo un contrapeso a los partidos políticos institucionalizados.

Desde 1997 son el Capítulo Panameño de Transparencia Internacional.

¿Quién hizo la verificación del contenido de las planillas publicadas?

Equipo:

Presidenta: Lina Vega Abad

Dirección Ejecutiva: Olga de Obaldía

Investigadores asistentes: Ana Lorena Cabrera, José Luis Paniza Miranda Gráficos: Mónica Gamboa

¿Cómo se llevó a cabo la investigación?

Para la investigación del contenido de las planillas estatales, seleccionaron a las entidades incluidas en el “Informe de las secciones de transparencia en los sitios web de las diferentes instituciones del Estado mes de abril 2018” realizado por la ANTAI y que incluye 100 instituciones públicas y 22 municipios.

La verificación se llevó a cabo en los meses de mayo y junio 2018, mediante revisión en línea de las páginas web de las mismas instituciones.

Para cada verificación se llevó a cabo una captura de pantalla con la información disponible en la página web de la entidad al momento de la consulta.

Los datos de gastos de viajes, viáticos y contratos de servicios profesionales no son parte de las planillas, si bien deben ser reportados de acuerdo con las directivas de ANTAI, en cumplimiento de la Ley de Transparencia.

¿De qué estamos hablando?

Las entidades públicas tienen planillas en las que contratan al personal que necesitan y lo pagan con nuestros impuestos.

Actualmente, el 59% de las entidades cumple al 100% con la Ley de Transparencia, una significativa mejora de 32% en 2016.

¿Y la Asamblea Nacional?

La directiva de la Asamblea Nacional y la mayoría de los diputados se niegan a publicar las planillas.

La persona responsable de publicar la versión oficial de la Asamblea es la presidenta de la Asamblea, en este caso: Yanibel Ábrego.

Todos los diputados deben rendir cuenta a los ciudadanos y publicar sus planillas.

¿Las instituciones tienen que publicar las planillas?

Los fundamentos jurídicos son:

Art. 9.5: Establece que las instituciones deberán publicar entre otras cosas, la ubicación de documentos por categorías, registros, y archivos de la institución, y el funcionario responsable de éstos.

Art. 11.3: Establece que será de carácter público y de libre acceso la información, entre otras cosas, relativa a la planilla, gastos de representación, y en general cualquier contratación o pago que haga una entidad estatal.

Se reconoce como información confidencial la siguiente: Datos médicos y psicológicos; vida íntima de las personas; asuntos familiares, maritales y orientación sexual; historial penal y policivo; correspondencia o conversaciones de cualquier tipo; y la información relativa a los menores de edad.

La Circular No. 11 de 2011 de la AIG:

Regula lo que es necesario publicar en las páginas web de entidades del Estado, de conformidad con lo previsto en la Ley No. 6 de 22 de enero de 2002, y sobre el Artículo 11 de dicha Ley señala que debe publicarse: "Planillas: Listado del personal de la entidad con su respectivo salario, gasto de representación y otros."

Decreto Ejecutivo #511

Mediante este decreto se adopta y reconoce la Política Pública de Datos Abiertos, como una política obligatoria para todas las entidades del estado, con el objetivo de facilitar el acceso a la información pública, en pro de la transparencia, la rendición de cuentas, y la eficiencia gubernamental. Se establece que ANTAI, será la autoridad encargada de dictar directrices y coordinar elaboración, implementación y monitoreo de esta política.

Conoce otros fundamentos jurídicos aquí.

¿Cuántos funcionarios públicos hay en Panamá?

En el informe de planilla de marzo de 2018, preparado por la Contraloría General de la República, se reporta que en el aparato estatal hay 228,349 funcionarios, con un gasto mensual de $321 millones en salarios. Comparado con las cifras de marzo 2014, se evidencia un crecimiento del 11% en número de funcionarios (23,445) y un aumento desproporcional de 58% en gasto salarial ($117 millones).

¿Qué encontraron?

Privacidad vs derecho de acceso a la información: Los datos de cédula, salarios, fecha de inicio de contratación, estatus, no están especificados como de carácter restringido, privado o confidencial en ninguna legislación vigente que se aplique a las planillas del Estado.

Pero varias de las entidades aducen estas razones para no publicar dichos datos.

ETESA, por ejemplo, publica la cédula, pero no así el salario de sus funcionarios.

No publican las cédulas:

19 instituciones: Secretaría Nacional de la Discapacidad, Banco Nacional, Ministerio de Ayuda Social, Autoridad del Canal de Panamá, Autoridad Marítima de Panamá, Aeropuerto Internacional de Tocumen, Dirección General de la Carrera Administrativa, Caja de Ahorros, Oficina de Electrificación Rural, Superintendencia de Bancos, Universidad Especializada de las Américas, Empresa Nacional de Autopistas S.A., Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, Órgano Judicial, Autoridad de Turismo de Panamá, Ministerio de la Presidencia (incluye el Despacho de la Primera Dama), Asamblea Nacional, Lotería de Beneficencia, Dirección de Asistencia Social.

8 municipios: Alcaldía de Panamá, Municipios de Ocú y Chepo. No publican sus planillas los Municipios de Arraiján, Changuinola, Soná, La Palma, Portobelo.

Datos abiertos: las instituciones tenían hasta julio de 2018 para presentar un plan y cronograma de trabajo para la implementación y hasta enero de 2019 para publicar en datos abiertos. Tres instituciones ya cumplen con el requisito, a saber: AIG, Tribunal Electoral, SENACYT.

¿Qué recomendó la Fundación?

-Uniformar el marco regulatorio, para que se establezca un formato obligatorio mínimo para el contenido de las planillas que publican las instituciones públicas y que contenga: Nombre y apellido (como aparecen en la cédula), número de cédula, salario, gastos de representación, puesto o cargo, estatus o condición, fecha de inicio, gastos de viaje y viáticos (para determinar con certeza la identidad del funcionario).

-Actualizar tanto la Ley 6 de 2002 (Ley de Transparencia) así como la Ley 33 de 2013 (que crea la ANTAI), con el objetivo de extender el alcance de la Ley 6 y dotar a la institución de mecanismos que le permitan EXIGIR EFECTIVAMENTE el obligatorio cumplimiento de disposiciones legales u obligaciones vigentes a todas las instituciones del Estado en materia de transparencia y acceso a la información pública.

-La opacidad en la publicación de ciertos datos en las planillas estatales dificulta la rendición de cuentas y favorece los actos de corrupción, como el cobro de dobles salarios, o el cobro de salarios sin trabajar. Por ello, instamos a todos los sectores de la sociedad, públicos y privados, que comparten la lucha anticorrupción, a lograr una cultura de transparencia en este rubro, dado el crecimiento de la planilla estatal. Contribuirá a fortalecer nuestra ya debilitada institucionalidad democrática.


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