Los candidatos de libre postulación tienen hasta el 5 de enero de 2019 para entregar al Tribunal Electoral las firmas que requieren para ser candidatos en las elecciones generales de mayo 2019.
Mientras tanto, para ser representante de corregimiento, diputado o alcalde el aspirante deberá recoger, como mínimo, el 2% de los votos válidos registrados en la última elección en las respectivas áreas donde se postule.
Los tres aspirantes en todos los cargos a elección popular con más cantidad de firmas serán los candidatos oficiales.
¿Qué implica firmarle a un candidato de libre postulación?
-No es una inscripción
-No te comprometes a votar por ese candidato en las elecciones generales
-No es una renuncia a tu Partido Política
Si le firmaste a un candidato la primera firma que se procesa en el Tribunal Electoral es valida. Si cambias de opinión debes renunciar a la primera mediante nota.
Puedes consultar al Tribunal por Whatsapp al 6232-8603
Compartimos contigo algunos recursos interesantes sobre el tema:
-El Calendario Electoral con todas las fechas relevantes
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